A continuación brindamos un resumen de los puntos que nos parecen más relevantes sobre este servicio, junto con las nuevas medidas que deben enfrentar las prestadoras a raíz de los altos costos, y nuestra visión como intermediarios.
Ésta subcontrata una empresa que hace la logística operativa. Puede contar o no con grúas propias o subcontratar grúas para la atención final. (Esta cadena, lo transforma en un sistema poco eficiente y de elevado costo).
Las compañías incorporaron este servicio como un diferencial cuando los costos operativos eran otros y con un parque automotor reducido. Hoy es una problemática sin solución porque ninguna aseguradora quiere quitar un servicio por el mismo motivo comercial de sus inicios, pero hoy es inviable sin un costo adicional y diferencial.
El costo del servicio no está incorporado en la cuota del seguro: Por lo que es de libre elección su utilización, con limitaciones desde todo punto de vista; y no es reclamable en cuanto a la ineficiencias o el incumplimiento del Servicio.
Esta es una problemática del mercado asegurador, no de una compañía en específico. Misma que se viene agudizando con los años y acelerando con la inflación, el aumento de costos, del parque automotor, etc.
El auxilio mecánico puede derivar en remolque, por lo que debe ser solicitado ante alguna avería del vehículo que impida su funcionamiento. Por este motivo, los servicios son para casos de emergencia y no pueden ser programados.
El servicio se prestará en caminos y carreteras de Vía Pública excepto:
En caso de que el vehículo se tenga que trasladar se tienen que dar las siguientes condiciones:
En caso de que el vehículo se tenga que trasladar y haya acompañantes:
En el caso de que la asistencia sea solicitada fines de semana o feriados donde habitualmente los talleres se encuentran cerrados, el asegurado podrá llevar el vehículo a su domicilio o al lugar que crea conveniente para su seguridad. Dentro de las 48hs hábiles posteriores, tendrá la posibilidad de concretar un turno en el taller y volver a solicitar la asistencia para ser derivado al taller de reparación. La sumatoria de dichos servicios, no podrán superar el límite máximo de kilómetros establecidos.
Todo peaje necesario para el traslado del vehículo deberá ser abonado por el asegurado.
Si la avería del vehículo se encuentra dentro de rutas o autopistas concesionadas, te recomendamos que te comuniques con los números de atención al cliente (publicados en los carteles al costado de la ruta y/o en el ticket de pago), ya que estos tienen grúas ubicadas y abocadas al tramo de su jurisdicción. Esto hace el servicio más rápido y en caso de traslado te derivaran a la base operativa del peaje, para luego ser asistido por el prestador de la grúa de tu seguro.
Los reintegros por la contratación de un servicio particular se considerará si se cumplen alguna de las siguientes condiciones:
En ese caso, podes llevar tu vehículo a tu casa o a algún lugar donde se encuentre resguardado. Dentro de las 48 hs posteriores (a la avería) debes comunicarte nuevamente al servicio solicitando el traslado final hacia el taller mecánico correspondiente. De esta forma, se considerará como un solo servicio.
Si, pero se deben tomar ciertos recaudos.
No, el sentido del servicio es auxiliar al vehículo en caso de un desperfecto o avería no por un mero traslado.
No, el servicio se prestará en caminos y carreteras de Vía Pública excepto:
Pueden trasladarse según la cantidad de asientos o lugares habilitados que tenga la unidad prestadora del servicio.
Los peajes serán a cargo del Beneficiario, aquellos necesarios para el traslado del vehículo.
En este caso deberá llamar a la empresa de la ruta concesionada ya que estos tienen grúa ubicadas y abocadas al tramo de su jurisdicción. Esto hace el servicio más rápido y te trasladan a la base operativa del peaje, para luego ser asistido por el prestador de la grúa de tu seguro.
Si, contará con el mismo servicio. Para comunicarse deberá buscar la lineas de cobro revertido de su prestador (informadas en póliza).
Esto dependerá de la cobertura de suegro que hayas adquirido. En las coberturas básicas se contemplan hasta 100 km de traslado y en las coberturas más completas como máximo 300 km.
No, todo dependerá del tipo y la antigüedad del vehículo. Esto no está amparado dentro del contrato del seguro, por lo tanto es un beneficio particular y solo se le otorga a ciertos tipo de vehículos y con con determinada antigüedad.
Este dato lo encontrarás en tu póliza o certificado de cobertura, otra forma de darte cuenta es que encontrarás el número del prestador del servicio en la tarjeta de circulación de tu compañía de seguros.